1. HISTORIA
A partir de 1982, se observó un estancamiento de la economía en Colombia, varias entidades financieras entraron en procesos de franca iliquidez; luego y muy cerca de haber vivido un auge económico, producto de las divisas que generaba la bonanza cafetera. Se devaluó el peso en más de 50 por ciento, y al haber grandes cantidades de créditos en dólares, los dueños de estos fueron a la quiebra. La Superintendencia Bancaria tomó posesión de varias entidades.
FOGAFIN (Fondo de Garantías de Instituciones Financieras) nació como consecuencia de esas dificultades por las que atravesó el sector financiero colombiano en 1982, las cuales minaron la confianza de los depositantes en el sector. Esta crisis fue enfrentada sin herramientas explícitas ni suficientes para atender los problemas surgidos. A raíz de ello, se creó la conciencia de que se necesitaba una entidad especializada en tener mecanismos y herramientas de intervención para enfrentar futuras crisis. “Confianza” lo que en 1985 ninguna entidad estatal se preocupaba por garantizar.
La legislación colombiana sólo incluía dos instituciones en la tarea de proteger el sistema financiero: la Superintendencia Bancaria -hoy Superintendencia Financiera- la cual tenía la función de velar porque las entidades financieras cumplieran con las leyes y reglamentos aplicables (supervisión) y el Banco de la República el cual mantenía la liquidez de los bancos. Ninguna de las dos contaba con instrumentos para atender los problemas de solvencia de las instituciones financieras en problemas.
En consecuencia, el Gobierno vio la necesidad de poner en marcha un fondo que completara la labor de la Superintendencia Bancaria y del Banco de la República, pero que fortaleciera de manera especial la tarea de la primera. En el diseño final del Fondo propuesto -hoy Fogafin- participaron asesores técnicos del Banco Central y del Banco de España.
La creación de Fogafin tuvo como finalidad imprimir confianza a los ahorradores en el sistema financiero, para preservar el equilibrio y la equidad económica e impedir o corregir injustificados beneficios a los accionistas y administradores del sistema.
Fogafin fue creado para minimizar los costos de las crisis financieras del país. Sus actividades, dentro del diseño de agencia de seguros de depósito, son de mandato amplio. El diseño de seguros de depósito cumple con la mayoría de las mejores prácticas a nivel internacional. Las acciones alentadas por Fogafin durante la crisis reciente (finales de la década de los años 90) permitieron la estabilidad del sistema financiero y la continuidad de pagos en la economía a un bajo costo fiscal.
Desde su creación (Ley 117 de 1985), Fogafin se ha concentrado en tres frentes: las operaciones de apoyo a la banca, las privatizaciones y la vigilancia de los procesos liquidatorios de entidades financieras, que incluye el pago del seguro de depósitos. También se le dio mandato para diseñar herramientas que permitieran participar en entidades viables que necesitaran apoyo y liquidar aquellas que ya no fueran viables. Además, se le encargó optimizar la gestión del portafolio de activos de las entidades intervenidas.
Una de las principales funciones de Fogafin, es proveer un seguro de depósitos el cual tiene como objetivo garantizar los ahorros y depósitos en las entidades financieras inscritas en el Fondo.
2. MISION
Garantizar la viabilidad del sistema financiero, protegiendo la confianza de los depositantes y acreedores, a través del fortalecimiento del esquema de seguro de depósitos y mediante el diseño de mecanismos tendientes al fortalecimiento patrimonial de las entidades financieras inscritas, sin incurrir en problemas de riesgo moral. En épocas de fragilidad del sistema, el Fondo diseñará las medidas de apoyo a las entidades financieras inscritas consideradas viables y desarrollará mecanismos de resolución de los activos que minimicen las pérdidas para los ahorradores y acreedores de las entidades intervenidas.
3. VISION
Fogafin deberá desarrollar los mecanismos que permitan el fortalecimiento patrimonial de las entidades financieras que se consideren viables, reestructuración y saneamiento de las entidades financieras en dificultades con miras a la privatización en el caso de las entidades públicas o realizar las actividades tendientes a la liquidación de las entidades que no se consideren viables. Los costos de estos mecanismos serán asumidos fundamentalmente por los accionistas de las entidades. En aras de garantizar la protección de los depósitos del sistema financiero, se introducirán modificaciones al esquema del seguro de depósitos con base en la Reforma Financiera (Ley 795 de 2003).
4. OBJETIVO
Consiste en la protección de la confianza de los depositantes y acreedores en las instituciones financieras a él inscritas, preservando el equilibrio y la equidad económica e impidiendo injustificados beneficios económicos o de cualquier otra naturaleza de los accionistas y administradores causantes de perjuicios a las instituciones financieras.
5. PRINCIPIOS Y VALORES
Lealtad Todos los funcionarios vinculados a Fogafin deben cumplir las leyes de la fidelidad y del honor y actuar con legalidad y verdad. En desarrollo de este deber los funcionarios están obligados a cumplir sus funciones en pro del beneficio de la protección de la confianza de los depositantes y acreedores de las instituciones financieras inscritas en el Fondo, de forma tal que el provecho que reporte su gestión revierta en forma integral a estos, sin perjuicio de la compensación por la gestión adelantada.Transparencia Los funcionarios de Fogafin deben mantener condiciones claras de las operaciones de tal manera que sea posible formarse una idea acerca del proceso en la toma de decisiones; así mismo se deben mantener informadas a las instancias de control correspondientes, a las entidades financieras y a los ahorradores.EquidadFogafin debe establecer condiciones equitativas para el acceso a sus servicios y productos sin considerar beneficios personales o de terceros.DiligenciaFogafin debe mantener informados a los ahorradores, acreedores y entidades financieras sobre los servicios que brinda, y desempeñarse de manera eficiente y satisfactoria de tal manera que se cumplan los objetivos buscados sin apartarse de los mandatos legales y principios éticos. Para tal efecto los funcionarios deben comprometerse a: a) actuar con rectitud, b) prestar los servicios sin esperar retribución alguna, c) informar a entidades financieras y a los ahorradores las características y condiciones de los servicios que se prestan y las posibilidades con que cuenta la institución para atenderlos.Prudencia Tanto el Fondo como sus empleados deben proteger la información que les ha sido dada a conocer por sus usuarios, sin que ello implique encubrimiento o colaboración con actos ilícitos. Este principio contiene entre otras obligaciones, las de: a) No revelar información de la entidad a personas que no pertenecen a ella o que perteneciendo no tengan autorización para conocerla, b) No utilizar la información privilegiada a que han tenido acceso, en provecho propio o de terceras personas, c) No utilizar la información en perjuicio de terceros, d) Mantener el secreto bancario, e) Brindar la información que no es de carácter privilegiado en forma exacta y oportuna. f) Obrar con discreción, g) Suministrar la información que sea requerida por las entidades de vigilancia y control, de conformidad con los procedimientos establecidos.Cumplimiento de la leyCada actividad realizada por el Fondo debe ceñirse estrictamente a los mandatos legales, en aras de proteger la confiabilidad y seguridad del sistema financiero. Con el objeto de dar cumplimiento a este principio, el Fondo debe mantenerse actualizado y procurar la capacitación de sus funcionarios, adecuar sus operaciones a cada nueva regulación y responder por los actos ejecutados.FiscalizaciónLos subdirectores de cada área, el Auditor y la Secretaría General deben establecer mecanismos de control con el objeto de velar por el estricto cumplimiento de los deberes morales y legales que le corresponde cumplir al Fondo y a sus funcionarios.
6. MARCO LEGAL
Democratización de la propiedad accionariaArtículo 60 Constitución Nacional Privatizaciones
El Estado promoverá, de acuerdo con la ley, el acceso a la propiedad.Cuando el Estado enajene su participación en una empresa, tomará las medidas conducentes a democratizar la titularidad de sus acciones, y ofrecerá a sus trabajadores, a las organizaciones solidarias y de trabajadores, condiciones especiales para acceder a dicha propiedad accionaria. La ley reglamentará la materia.
Decreto 663, artículo 324 Vigilancia y Régimen Disciplinario
La inspección, control, vigilancia y régimen disciplinario del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras estarán a cargo de la Superintendencia Bancaria. Se ejercerán en lo pertinente, de acuerdo con las facultades que le otorga la ley en lo referente a las instituciones financieras, teniendo en cuenta la naturaleza especial del Fondo.
Decreto 663 de 1993. artículo 321 Inversiones
El Fondo de Garantías de Instituciones Financieras podrá destinar los recursos que excedan los requerimientos que tenga para el desempeño de sus funciones, a inversiones en títulos emitidos por el Banco de la República o por el Gobierno Nacional. Tales operaciones deberán realizarse con sujeción a los objetivos propios del Fondo y conforme a los criterios de rentabilidad y eficiencia que señale la Junta Directiva del Banco de la República de esa entidad.
Naturaleza jurídica. El Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, creado por el artículo 1o. de la Ley 117 de 1985, es una persona jurídica autónoma de derecho público y de naturaleza única, sometida a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria.
7. ORGANIGRAMA
DIRECCION: MONICA APARICIO SMITH
AUDITORIA: Edgar Amarillo Rubio
Secretaria General: Dina Olmos Aponte
Depto. Jurídico: María P. Díaz Cañón
Depto. de Gestión Humana: Adriana Espinosa Jiménez
Centro de Documentación: Rafael Lara Manosalva
Subdirección de Operaciones Administrativas: Diego M. Vásquez Escobar
Depto. de Servicios Generales y Pagos: Luz Quintero Amaya
Depto. de Sistemas: José Velez Gutierrez
Planeación, Presupuesto y Desarrollo Organizacional: Norela Briceño Bohorquez
Operaciones Tesorería: Jairo Osorio Bustamante
Subdirección de Inversiones y Riesgos: Juan P. Arango Arango
Depto. de Reservas: Alfredo Martínez Henao
Evaluación de Riesgos: Inés Orozco Hinojosa
Tesorería: Catalina Bateman Posee
Control de Riesgos y Desempeño: Carolina Díaz Barcenas
Depto. de Instituciones Financieras: Oscar Anzola García
Normalización de Activos: Andrés Vergara Floyd
Proyectos Especiales: Fernán Ulate Montoya
Depto. Liquidaciones: Nancy Pelaez Monroy
8. RESOLUCIONES DEL FONDO
Resolución 001 de 1992
Por la cual se regula la inscripción ante el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras de las sociedades administradoras de fondos de cesantías y se fija el costo de la garantía a cargo de los fondos de cesantías que administran.
Resolución 001 de 1994
Por la cual se regula la inscripción ante el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras de las sociedades administradoras de fondos de pensiones y se fija el costo de la garantía a cargo de los fondos de pensiones que administran.
Resolución 008 de 1999
Por la cual se regula la inscripción ante el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras de las Compañías de Seguros de Vida que operen el ramo de pensiones previstas en la Ley 100 de 1993, el de seguros previsionales de invalidez y sobrevivencia, y el de riesgos profesionales y de aquellas que administren planes alternativos de pensiones y se fijan los costos de las garantías previstas en el Decreto 1515 de 1998.
Resolución 009 de 1999
Por la cual se fija el costo de la garantía a cargo de los Fondos de Pensiones que ofrecen planes alternativos de capitalización y de pensiones administrados por las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones.
Circular Externa 013 de 1999
Procedimientos para la inscripción, liquidación y pago del costo de las garantías a cargo de las compañías de seguros de vida, en virtud de lo dispuesto en el decreto No. 1515 del 4 de agosto de 1998.
Resolución 003 de 2001
Por medio de la cual se dictan normas sobre el seguro de depósitos. Modificación del artículo 1° de la Resolución 1 de 1988, modificación del artículo 6° de la Resolución 2 de 1989, adición de un artículo al capítulo III de la Resolución 1 de 1988, adición del artículo primero de la Resolución 2 de 2000, con un parágrafo.
9. FUNCIONES
Servir de instrumento para el fortalecimiento patrimonial de las instituciones inscritas.Participar de forma transitoria en el capital de las instituciones inscritas. Procurar que las instituciones inscritas tengan medios para otorgar liquidez a los activos financieros y a los bienes recibidos en pago.Organizar y desarrollar el sistema de Seguro de Depósito y, como complemento, el de compra de obligaciones a cargo de las instituciones inscritas en liquidación, o el de financiamiento a los ahorradores de las mismas. En los procesos de liquidación forzosa administrativa de entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, le corresponde al Fondo de Garantías de Instituciones Financieras:
Designar, remover discrecionalmente y dar posesión a quienes deban desempeñar las funciones de liquidador y contralor y fijar sus honorarios. Para el efecto podrá establecer sistemas de regulación e incentivos en función de la eficacia y duración de la gestión del liquidador.
Llevar a cabo el seguimiento de la actividad del liquidador en los términos previstos en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
En los casos de toma de posesión, designar a los agentes especiales de instituciones financieras.
10. DIRECTORIO DE ENTIDADES
SECTOR HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
· Banco del Estado
· Central de Inversiones S.A.
· Contaduría General de la Nación
· Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
· Fiduciaria la Previsora S.A.
· Financiera de Desarrollo Territorial S.A.
· Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas
· Fondo de Garantías de Instituciones Financieras
· Granbanco S.A.
· La Previsora S.A. Compañía de Seguros
· Ministerio de Hacienda y Crédito Público
· Superintendencia de Economía Solidaria
· Superintendencia Financiera de Colombia
· Unidad de Información y Análisis Financiero
11. CODIGO DE UN BUEN GOBIERNO
La Superintendencia de Valores expidió, el pasado 23 de mayo, la Resolución 0275 "Por la cual se establecen los requisitos que deben acreditar las personas jurídicas públicas y privadas que pretendan ser destinatarias de la inversión de recursos de los fondos de pensiones".La mencionada Resolución contempla una serie de requisitos que deberán acreditar las personas jurídicas públicas y privadas, como condición para que los fondos de pensiones inviertan sus recursos en los valores que aquellas emitan.En la Resolución en cita, se dispuso que las personas jurídicas diferentes de las sociedades comerciales deberán establecer, mediante mecanismos idóneos, que su máximo órgano de administración responderá por asegurar el cumplimiento los requisitos regulados en los artículos de la Resolución.
12. AUDITORIA INTERNA
La labor de verificar y evaluar el sistema de control interno de Fogafin está a cargo de la oficina de Auditoría Interna. Sus tareas específicas son: 1. Verificar que el sistema de control interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando; 2. Verificar la pertinencia del diseño del proceso contable, su interrelación con los demás procesos entre ellos, los financieros, sus actividades, procedimientos, controles y su contribución a la efectividad del Control Interno Contable; 3. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la organización, se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación ejerzan adecuadamente esta función; 4. Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la organización, estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evolución de la entidad; 5. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la organización, recomendando los ajustes necesarios; 6. Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma decisiones, a fin que se obtengan los resultados esperados; 7. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad, recomendando los correctivos que sean necesarios; 8. Fomentar en toda la organización la cultura de autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional. La oficina de Auditoría Interna elabora periódicamente informes, los cuales son reportados a los organismos de control externo y a los directivos del Fondo. Los más importantes son los siguientes:
1. Informe ejecutivo anual sobre el avance del sistema de control interno con destino al Consejo Asesor del Gobierno Nacional en Materia de Control Interno, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a la Dirección y Junta Directiva del Fondo. 2. Informe anual de evaluación del sistema del control interno contable con destino a la Contaduría General de la Nación.
3. Informe mensual sobre austeridad y eficiencia del gasto público, con destino a la Contraloría General de la República y a la Dirección del Fondo.
4. Informe semestral derechos de petición, solicitud de información, quejas y reclamos con destino a la Dirección del Fondo.
5. Informe trimestral de seguimiento a los gastos de funcionamiento con destino al Alto Consejero Presidencial.6. Informe mensual de transacciones en efectivo y operaciones sospechosas, con destino a la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero (UIAF)Informe semestral sobre el avance del plan de mejoramiento con destino a la Contraloría General de la República.
13. CONTROL EXTERNO
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CONTADURIA GENERAL DE LA NACION
FOGAFIN
SUPERINTENDENCIA BANCARIA REVISORIA FISCAL
PRICEWHATERHOUSECOOPERS
14. SEGURO DE DEPOSITOS
CONCEPTOS BASICOS
¿Quiénes son los titulares del Seguro de Depósitos? Todo ahorrador o depositante bien sea persona natural o jurídica, titular de acreencias amparadas por el Seguro de Depósitos, debidamente reconocidas por el liquidador de la entidad en liquidación.
¿Qué ahorros y depósitos se encuentran asegurados por concepto de Seguro de Depósitos? Los depósitos y ahorros constituidos en las entidades inscritas que se encuentran cubiertos por el Seguro de Depósitos, corresponden a los señalados bajo los siguientes conceptos:a) Depósitos en Cuenta Corrienteb) Depósitos Simplesc) Certificados de Depósito a Términod) Depósitos de Ahorroe) Cuentas de Ahorro de Valor Constantef) Cuentas de Ahorro Especialg) Documentos por pagarh) Cuenta Centralizadai) Depósitos Especialesj) Servicios Bancarios de Recaudok) Títulos de Capitalización ¿Cuál es la cobertura del Seguro de Depósitos?En el evento de liquidación de entidades inscritas el valor máximo asegurado a reconocer por Fogafin, por concepto de Seguro de Depósitos, es veinte millones de pesos ($20.000.000) m/cte. por acreencia, cualquiera que sea el número de titulares de la misma. Así mismo, el valor máximo asegurado por persona es veinte millones de pesos ($20.000.000) m/cte., independiente del número de acreencias de las cuales sea titular, bien sea en forma individual, conjunta o colectiva con otras. En cualquier caso, sobre el valor asegurado que reconozca el Fondo se aplicará un deducible del veinticinco por ciento (25%). Es decir, se pagará hasta quince millones de pesos ($15.000.000), tanto por acreencia, cómo por titular. Si tengo ahorros y/o depósitos en diferentes instituciones inscritas, las cuales son intervenidas para liquidar, ¿cuánto me pagan por seguro de depósitos? El Fondo pagará por concepto de Seguro de Depósitos hasta el valor máximo asegurado, por cada una de las respectivas instituciones.NOTA: El contenido de esta página es de carácter informativo y cada caso será atendido de manera particular bien sea directamente, o a través de la entidad en liquidación.
Objeto del Seguro de Depósitos 1. El Seguro de Depósitos tiene por objeto garantizar los ahorros y depósitos en las entidades financieras inscritas en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, que hayan sido intervenidas para su liquidación por parte de la Superintendencia Bancaria hoy Superintendencia Financiera de Colombia.
2. Tipos de entidades inscritas por Seguro de Depósitos Los establecimientos de crédito y las sociedades de capitalización:
Tipos de establecimientos
Nº de entidades
Descripción
Bancos18
Corporaciones Financieras3
Compañías de Financiamiento Comercial15
Compañías de Leasing9
Capitalizadoras5
Instituciones Oficiales Especiales1
TOTAL ENTIDADES INSCRITAS
51
Inscripción para establecimientos de crédito y sociedades de capitalizaciónSi usted es representante legal de un establecimiento de crédito (banco, corporación financiera y compañía de financiamiento comercial) o de una sociedad de capitalización, debe surtir el trámite de inscripción ante el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafin), con el fin de acceder a las operaciones de apoyo que realiza el Fondo y para que los ahorradores, depositantes, asegurados y afiliados cuenten con la garantía del Seguro de Depósitos en el evento de una liquidación forzosa administrativa.
Requisitos y documentos necesarios para su trámitePresentar solicitud firmada por el representante legal de la entidad acompañada del certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Bancaria –hoy Superfinanciera-o copia del certificado de autorización para desarrollar su objeto social, expedido por esa autoridad.El pago de los derechos de inscripción se efectuará dentro de los quince días (15) comunes siguientes a la fecha en que el director del Fondo le comunique sobre la autorización de inscripción que haya impartido la Junta Directiva.
Cuota de inscripción Pagar por una sola vez una cuota equivalente al 0.115/1000 sobre el monto del capital suscrito exigido por la Superintendencia Bancaria –hoy Superintendencia Financiera-. Para conceder dicha autorización deberá acompañarse copia del oficio de esa autoridad en el cual se haya indicado el monto del capital requerido.
Lugar y cuenta donde se debe cancelar los derechos de inscripción Los establecimientos de crédito y las sociedades de capitalización efectuarán el pago por concepto de inscripción a través del Servicio Electrónico del Banco de la República (Sebra), o por consignación en la cuenta corriente Nº 62090014 constituida en el Banco de la República. Plazo para la inscripción Deberán solicitar la inscripción ante Fogafin, dentro de los treinta (30) días comunes siguientes a la fecha en que obtengan de la Superintendencia Bancaria –hoy Superintendencia Financiera- el certificado de autorización para desarrollar su objeto social.
ENTIDADES INSCRITAS
Instituciones oficiales especiales
· Fondo Nacional de Ahorro
CAPITALIZADORAS
· Bolívar
· Colmena
· Colpatría
· Cédulas Colón de Capitalización Colseguros
COMPAÑIAS LEASING
· Colpatría
· BBVA
· Corficolombiana S.A.
· Bolívar
· Colombia
· Popular
· Bogotá
· Crédito
· Occidente
· Bancoldex
COMPAÑIAS DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL - CFC
· Financieras Cambiamos
· Coltefinanciera
· Serfinansa
· Sufinanciamiento
· Factoring Bancolombia
· Inversora Pichincha
· Financiera Internacional
· Confinanciera
· Macrofinanciera
· Finandina
· Dann Regional
· Finamerica
· GMAC
· Giros y Finanzas
· Financiera Compartir
· CMR Falabella S.A.
· CIT Capita Colombia
· Pagos internacionales S.A.
CORPORACIONES FINANCIERAS
· Colombiana
· Banca de Inversion Bancolombia
· JP Morgan
BANCOS
· BANCO DE LAS MICROFINANZAS BANCAMIA S.A
· BANCO PROCREDIT COLOMBIA
· HSBC
· BANCO CITIBANK
· BANCO RED MULTIBANCA COLPATRIA
· BANCO DE BOGOTA
· BANCOLOMBIA
· BANCO DE CREDITO
· BANCO DE OCCIDENTE
· BBVA COLOMBIA
· BANCO POPULAR
· BANCO SANTANDER
· BANCO CAJA SOCIAL BCSC
· BANCO DAVIVIENDA
· GNB SUDAMERIS COLOMBIA
· THE ROYAL BANK OF SCOTLAND S.A. – RBS
· BANCOLDEX
· BANAGRARIO
· BANCO AV VILLAS
15. GARANTIA AFP
Objeto del costo de la garantía: 1. El costo de la garantía tiene por objeto garantizar los aportes de los afiliados a los fondos de pensiones y cesantías y las compañías de seguros de vida que operen los ramos de pensiones, seguros previsionales y riesgos profesionales, inscritas en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafin) que hayan sido intervenidas para su liquidación por parte de la Superintendencia Bancaria –hoy Superintendencia Financiera-.
1. Número de entidades inscritas por costo de garantía
· Fondos de pensiones
· Fondos de cesantías
· Compañías de seguros de vida
Objeto del costo de la garantía:
El costo de la garantía tiene por objeto garantizar los aportes de los afiliados a los fondos de pensiones y cesantías y las compañías de seguros de vida que operen los ramos de pensiones, seguros previsionales y riesgos profesionales, inscritas en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafin) que hayan sido intervenidas para su liquidación por parte de la Superintendencia Bancaria –hoy Superintendencia Financiera-.
1. Garantías a cargo del FondoEl decreto reglamenta (i) la garantía a que se refiere el inciso segundo del artículo 99 de la Ley 100 de 1993 y, (ii) la garantía para mantener el poder adquisitivo constante de los aportes efectuados a los fondos de pensiones.
2. Alcance de la garantía del inciso segundo, artículo 99 Ley 100 de 1993La garantía del Fondo se limita a asegurar el reembolso del saldo de las cuentas individuales de ahorro pensional en caso de disolución o liquidación de la administradora de fondos de pensiones. Además, ampara el reconocimiento de la rentabilidad mínima determinada por la Superintendencia Financiera, cuando dicha rentabilidad no haya sido obtenida y la administradora no haya suplido la deficiencia con sus propios recursos.
3. Alcance de la garantía para mantener el poder adquisitivo constante de los aportes efectuados a los fondos de pensionesEl Decreto establece que la Nación, por medio de Fogafin, garantizará que el saldo de las cuentas individuales de ahorro pensional no podrá ser inferior al valor histórico de tales aportes ajustado con la variación del índice de poder adquisitivo de la moneda, desde la fecha en que se realizaron cada uno de ellos hasta la fecha que se toma en cuenta para el cálculo.
Proceso de inscripción
Si usted es representante legal de un fondo de cesantías, fondo de pensiones y de una compañía de seguros de vida que opere planes alternativos de pensiones, debe surtir el trámite de inscripción ante el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafin), con el fin de acceder a las operaciones de apoyo que realiza el Fondo y para que los afiliados cuenten con la garantía en el evento de una liquidación forzosa administrativa.
Requisitos y documentos necesarios para su trámite Fondos de pensiones* Presentar solicitud firmada por el representante legal de la entidad acompañada del certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Bancaria –hoy Superintendencia Financiera- o copia del certificado de autorización para desarrollar su objeto social, expedido por esa autoridad. * El pago de los derechos de inscripción se efectuará dentro de los quince días (15) comunes siguientes a la fecha en que el director del Fondo le comunique sobre la autorización de inscripción que haya impartido la Junta Directiva.
Fondos de cesantías
* Presentar solicitud firmada por el representante legal de la entidad acompañada del certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Bancaria –hoy Superintendencia Financiera- o copia del certificado de autorización para desarrollar su objeto social, expedido por esa autoridad.* Presentar comprobante de pago en la cuenta corriente Nº 62090014 del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras en el Banco de la República, de los derechos de inscripción.* Presentar fotocopia autenticada de la póliza global expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para expedir pólizas en Colombia.
Cuota de inscripción
ENTIDAD
CUOTA DE INSCRIPCIÓN
PROCEDMIENTO DE REAJUSTE DE LA CUOTA
Descripción
FONDOS DE PENSIONES
$3.038.188.00
Se reajusta anualmente, a partir del 1 de enero de 1995 en la variación del índice de precios al consumidor DANE
FONDOS DE CESANTÍAS
$2.000.000.00
Se reajusta anualmente, en la variación del índice de precios al consumidor DANE
ASEGURADORAS DE VIDA
$7.500.000.00
Se reajusta anualmente, a partir del 1 de enero de 2000 en la variación del índice de precios al consumidor DANE
Compañías de seguros de vida
* Presentar solicitud de inscripción firmada por el representante legal de la entidad, a la cual deberán adjuntar el certificado de existencia y representación legal * Adjuntar el comprobante de pago del costo de inscripción. * Presentar la copia de la autorización expedida por la Superintendencia Bancaria –hoy Superintendencia Financiera- para la operación de los ramos y la administración de los planes alternativos.
Lugar y cuenta donde se debe cancelar los derechos de inscripción Los fondos de cesantías, fondos de pensiones y las compañías de seguros de vida efectuarán el pago por concepto de inscripción a través del servicio electrónico del Banco de la República, o por consignación en la cuenta corriente Nº 62090014 constituida en el Banco de la República.
Plazo para la inscripción Deberán solicitar la inscripción ante el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafin), dentro de los 30 días comunes siguientes a la fecha en que obtengan de la Superintendencia Bancaria (Superfinanciera) el certificado de autorización para desarrollar su objeto social.
ENTIDADES INSCRITAS
FONDOS DE PENSIONES Y CESANTIAS
· CITI COLFONDOS
· ING
· HORIZONTE
· PORVENIR
· PROTECCION
· SKANDIA
ASEGURADORAS
· GLOBALS EDUCATION ALLIANCE SEGUROS DE VIDA
· SEGUROS DE VIDA ALFA
· LA PREVISORA VIDA S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS
· LIBERTY SEGUROS DE VIDA
· AIG COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A.
· SEGUROS DE VIDA COLPATRIA S.A.
· SURAMERICANA DE SEGUROS DE VIDA S.A.
· ASEGURADORA DE VIDA COLSEGUROS S.A.
· CIA SURAMERICANA DE VIDA - SURATEP
· SEGUROS DE VIDA DEL ESTADO
· BBVA SEGUROS DE VIDA COLOMBIA
· RIESGOS PROFESIONALES COLMENA S.A.
· COMPAñíA DE SEGUROS DE VIDA AURORA
· COMPAñíA DE SEGUROS BOLíVAR S.A.
· LA EQUIDAD SEGUROS DE VIDA
· MAPFRE COLOMBIA VIDA SEGUROS S.A.
ENTIDADES EN LIQUIDACION
Instrucciones para el acreedor
Manual práctico del acreedor de entidades financieras y aseguradoras en liquidación forzosa administrativa
Introducción Esta cartilla tiene como propósito orientar a los ahorradores, depositantes, cuenta habientes y demás acreedores, sobre la forma como deben proceder en el caso de que la entidad en la que tienen depositados sus ahorros e inversiones, etc., entre en liquidación forzosa administrativa por disposición de la Superintendencia Financiera de Colombia.
¿Qué sucede cuando una entidad financiera o aseguradora entra en liquidación forzosa administrativa? Cuando la Superintendencia Financiera de Colombia interviene una entidad financiera o aseguradora con fines liquidatorios, la intervenida no podrá, a partir de ese momento, realizar actividades propias de su objeto social, es decir, captar y colocar recursos, así como cumplir las obligaciones frente a terceros.
¿Quién administrará la entidad en liquidación? La competencia para adelantar el proceso liquidatorio corresponde al liquidador designado por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafin).
* Marco regulatorio El proceso de liquidación forzosa administrativa se desarrolla de acuerdo con las normas establecidas por el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Eosf).
* ¿Qué debe hacer una persona que se considere acreedor de la liquidación?
1) Dirigirse a la entidad intervenida, solicitar el formulario de reclamación, el cual se distribuirá de manera gratuita y deberá ser diligenciado por el afectado. Nota: Además, en forma exclusiva se entregará a los ahorradores y depositantes un formulario para el pago del Seguro de Depósitos.
2) Diligenciar el (los) formulario(s) adjuntando los documentos que allí se soliciten. Tenga presente que si se trata de títulos valores, se debe presentar el original del mismo. 3) Presente el formulario (s), sin acudir a intermediarios, en las oficinas habilitadas por la liquidación, dentro del plazo establecido por el liquidador para la radicación de las reclamaciones. Tenga en cuenta que la entidad debe entregarle un desprendible del formulario de reclamación, el cual servirá como evidencia de presentación de su reclamación.
RECUPERACION DE ACTIVOS
Como consecuencia de la crisis financiera de finales de los años noventa, el Fondo capitalizó a varias entidades financieras para elevar sus niveles de solvencia y les otorgó apoyos de liquidez a través de la compra de activos como cartera e inmuebles.
Con el propósito de recuperar los recursos invertidos con ocasión de estas medidas de salvamento y apoyo, Fogafin ha realizado la venta de la mayor parte de los activos recibidos, a particulares y a Central de Inversiones S.A. – CISA, por un valor superior a los $4 billones, en particular participaciones accionarias en diversas entidades ($3.3 billones), cartera e inmuebles ($0.7 billones).
16. APOYO A ENTIDADES
Estrategia para la solución de la crisis del sector financiero
Las dificultades del sistema financiero colombiano durante la segunda mitad de la década de los noventa desembocaron en la crisis financiera de 1998-1999. El deterioro del sector, agudizado por el deficiente desempeño de la economía a finales de la década, se manifestó principalmente por la caída en el saldo de su cartera (-5%) durante 1999 y un acelerado deterioro en sus índices de calidad hasta alcanzar niveles del 16% de cartera vencida sobre el total de la cartera en el mes de noviembre de dicho año. El programa de salvamento del sistema financiero desarrollado en 1999 por el Gobierno Nacional a través del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, permitió detener el descalabro de numerosas entidades y al mismo tiempo, eliminar la potencial crisis sistémica a la que se encontraba abocada la economía nacional. La intervención de las entidades más débiles y vulnerables, la apertura de líneas de capitalización destinadas a fortalecer las entidades financieras privadas y el apoyo y desmonte de la banca pública fueron los pilares de la política del Gobierno. El Gobierno Nacional, a través de Fogafin, aplicó medidas de salvamento a la banca mediante una estrategia que equilibró dos objetivos fundamentales, a saber; controlar el riesgo moral y minimizar la administración directa del Estado.Durante el segundo semestre del año 2000 y lo corrido del año 2001, hasta el mes de abril, el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras continuó desarrollando los temas asociados con los procesos de saneamiento y capitalización de las bancas pública y privada y, los correspondientes a la Ley 546 de 1999 de vivienda. Objeto del apoyo a las entidades financieras
· El apoyo a las entidades financieras tiene como objeto el diseño y la implementación de mecanismos que coadyuven a las entidades inscritas en la solución de problemas de solvencia pero que son recuperables, bien sea mediante capital o con créditos.
17. HISTORICO DE OPERACIONES
RESUMEN OPERACIONES DE APOYO AL SISTEMA FINANCIERO
1998 – 2004
A raíz de la crisis financiera que enfrentó el país desde mediados de 1998, el Gobierno
Nacional adoptó un conjunto de medidas encaminadas a corregir las causas de la crisis y aliviar la situación de los deudores del sistema financiero 1/. Los apoyos dirigidos a fortalecer patrimonialmente las entidades financieras que fueron consideradas viables así como los apoyos a los deudores hipotecarios fueron canalizados a través de FOGAFIN, entidad que a su vez tuvo que ser fortalecida para poder enfrentar la crisis. En desarrollo de dicha estrategia, por encargo del Gobierno Nacional FOGAFIN asumió directamente el control de las entidades financieras públicas y de aquellas que fue necesario oficializar mediante su capitalización (Banco Agrario, IFI, Banestado, Bancafé, Granahorrar y Financiera FES)
El total de apoyos otorgados al sistema financiero ascendió a $16.2 billones, de los cuales $8.8 billones fueron destinados a la capitalización, saneamiento y apoyos de entidades financieras públicas y entidades públicas intervenidas, $3.3 billones para alivios a deudores hipotecarios, $1.9 billones a entidades del sector cooperativo y $2.1 billones a entidades financieras privadas (Cuadro 1). Como resultado de la crisis, entre 1998 y 2004, 35 entidades fueron intervenidas para liquidación y 25 fueron liquidadas voluntariamente por sus accionistas 2/. Es importante aclarar que el costo ($16.2 billones) incluye operaciones de apoyo de liquidez por $1.9 billones realizadas mediante la reutilización de recuperaciones de otras operaciones.
Entidades públicas:
Dado el potencial riesgo que implicaba la pérdida de los depósitos del público confiados a las entidades financieras públicas, la posibilidad de tener una crisis sistémica por el colapso de las mismas y el gran costo que representa la banca pública para todos los colombianos, llevaron al Gobierno Nacional a través de FOGAFÍN, a diseñar una estrategia agresiva de saneamiento y capitalización que tenía como objetivo final el desmonte o la privatización de la banca pública, con excepción del Banco Agrario de Colombia.
La estrategia diseñada para la banca pública consistió en adelantar en una primera fase, un proceso de saneamiento y fortalecimiento patrimonial de sus balances. En un segundo plano, todas las instituciones que el Estado iba a mantener y aquellas que iban a ser materia de venta al sector privado, debieron someterse a un estricto plan de reestructuración administrativa, operacional y financiera que asegurara la mejora de sus indicadores.
Entidades privadas:
Para las entidades financieras privadas 3/ (comerciales e hipotecarias) que se consideraron viables y que requerían ser capitalizadas, FOGAFIN implementó dos programas de apoyo encaminados a lograr el saneamiento de sus balances y su fortalecimiento patrimonial. Estos programas fueron de tipo general al cual las entidades accedían voluntariamente.
Entidades comerciales.
Para participar en el programa, las entidades financieras comerciales debieron sanear su cartera C, D y E y los bienes recibidos en pago, entre otros activos, al tiempo que los accionistas debían aportar aproximadamente el 20 por ciento de los recursos necesarios para realizar el saneamiento y reconstituir el margen de solvencia de la entidad. El saldo era financiado con un crédito otorgado por FOGAFIN a los accionistas quienes debían pignorar a favor del Fondo acciones de la entidad por un valor equivalente al 133 por ciento del valor del crédito recibido.
Entidades hipotecarias. En el caso de las entidades especializadas en crédito hipotecario, se estableció la línea de fortalecimiento patrimonial destinada a apoyar a aquellas entidades, que al cierre de 2000, por lo menos el cincuenta por ciento de su cartea estuviera representada en créditos de vivienda. El proceso de acceso a la línea de fortalecimiento contemplaba la contratación de un consultor externo, que tenía como responsabilidad validar el plan de negocios de la entidad, realizar las proyecciones en un horizonte igual al del plazo del crédito, determinar la viabilidad financiera de la entidad, definir su valor y asegurar que el flujo de dividendos repartibles en efectivo fuera suficiente para atender el servicio de la deuda de los créditos a otorgar. Con respecto a la garantía de los créditos otorgados, el Fondo exigió la pignoración de las acciones del establecimiento de crédito por un valor no inferior al 133% del monto del crédito, para lo cual se tomó como referencia el precio de la entidad determinado por el consultor externo.
De igual manera, se acordó con los accionistas que el 100% de los dividendos repartibles en efectivo se destinara al pago o prepago del crédito otorgado. Bajo las dos modalidades señaladas, se apoyaron 11 entidades comerciales en 1999 y 4 entidades hipotecarias en 2001, al tiempo que se adoptó un programa similar para una entidad del sector cooperativo. A diferencia de los apoyos realizados a las entidades financieras públicas que se hicieron a título de aporte, los apoyos a las entidades financieras privadas se realizaron a manera de préstamo (con recursos del Fondo de
Seguro de Depósitos administrado por FOGAFIN), con lo cual se espera recuperar prácticamente su totalidad.
Financiamiento:
Como resultado del programa de saneamiento y fortalecimiento, FOGAFIN apoyó 21 entidades que administraban cerca de $32.1 billones de los activos del sistema financiero a junio de 1999 (41 por ciento). Con ello, se evitó una crisis sistémica y en particular, la pérdida de confianza en el sistema financiero que hubiera podido redundar en una corrida de depósitos muy sustancial y que habría llevado al colapso del sistema financiero, agravando la crisis económica de finales de la década pasada. De las entidades apoyadas (publicas y privadas), solamente una (Interbanco) tuvo que ser intervenida posteriormente para liquidación y tres entidades fueron desmontadas voluntariamente por sus accionistas, pero de estas últimas se espera recuperar la totalidad de los montos de los apoyos otorgados. Las demás 17 entidades se encuentran en operación y, al igual que el resto del sector, están mostrando claros indicios de recuperación.
Fuentes de financiamiento de los programas de apoyo
Para financiar los diferentes programas de apoyo, se hizo necesario movilizar recursos por cerca de $16.2 billones en un plazo muy corto, recursos que ni FOGAFIN ni el
Gobierno Nacional tenían disponibles en su momento 4/. Por ello, la mayor parte de los programas implementados se financió con endeudamiento mediante la emisión de títulos de deuda pública. Entre ellos se encuentran:
- $5.2 billones de bonos FOGAFIN banca pública, destinados al saneamiento y capitalización de las entidades financieras públicas. En la actualidad, hay en circulación $3,1 billones de estos bonos. El servicio de la deuda de los bonos
FOGAFÍN capitalización banca pública se cubre con recursos de la Nación que son transferidos anualmente a FOGAFÍN mediante la incorporación en el presupuesto general de la Nación de las vigencias futuras autorizadas para tal fin.
- $1.6 billones de bonos FOGAFIN banca privada, destinados primordialmente a los préstamos a accionistas de dichas entidades para capitalizarlas y del sector cooperativo. En la actualidad hay en circulación $0.7 billones y el servicio de la deuda de estos bonos se realiza mediante la recuperación de los créditos otorgados por
FOGAFÍN a los accionistas de las entidades apoyadas. Las condiciones financieras de estas operaciones dejan un margen positivo a FOGAFÍN de manera que no representen un subsidio o costo fiscal para la Nación o para el Fondo.
En resumen, los costos de estos programas serán sufragados conjuntamente por el
Gobierno Nacional y por el sector financiero. El Gobierno Nacional se hará cargo del servicio de la deuda de los bonos emitidos para capitalizar las entidades financieras públicas (bonos FOGAFIN banca pública), asumiendo su rol de accionista y responsable de la gestión administrativa de estas entidades 5/. De igual manera, los accionistas de las entidades privadas apoyadas, proveerán los recursos para financiar el servicio de la deuda de los bonos FOGAFIN banca privada, mediante el repago de los préstamos otorgados por el fondo.
Para financiar el servicio de la deuda de los alivios a deudores hipotecarios y la reliquidación de los créditos, se implementaron mecanismos de inversión forzosa a tasas inferiores a las del mercado que permiten compartir los costos entre el Gobierno y el sector financiero. Así, el servicio de la deuda de los TES Ley 546 si bien es realizado por el Gobierno, la misma ley estableció una inversión forzosa constituida en los primeros seis años a partir del año 2000, equivalente al 0.68% de los depósitos en Títulos de Reducción de Deuda (TRDs) que rinden únicamente UVR y el principal e intereses es pagadero en un solo pago a su vencimiento en 10 años. Los bonos emitidos para los programas de alivios que eran de obligatoria suscripción para los bancos, fueron emitidos a tasas inferiores al mercado con lo cual las entidades asumen parcialmente el costo de estos programas durante el período de amortización de los títulos.
Ahora, del total de recursos por las operaciones de apoyo al sector financiero por $16.2 billones, el Fondo recuperó a diciembre de 2004 cerca de $4.3 billones y el valor de los activos que respaldan las obligaciones de FOGAFIN representados en las acciones de las entidades en marcha, las deudas de los accionistas con FOGAFIN y el valor neto de los activos de entidades en liquidación y otros activos recibidos y valorados a precios de mercado, asciende a $5.3 billones, con lo cual el costo neto de la crisis se estima en $6.5 billones, aproximadamente 2.6 por ciento del PIB estimado de 2004 6/. Esta cifra es relativamente baja comparada a los costos de crisis financieras similares a nivel mundial
Participación de FOGAFIN en entidades financieras públicas:
Como resultado de los planes de saneamiento y capitalización de las entidades financieras públicas y entidades intervenidas, FOGAFÍN terminó como propietario de dichas entidades. A febrero de 2005, la participación del Fondo en estas entidades asciende a $2.2 billones.
18. SERVICIOS DE INFORMACION
Mapa del Sitio
- INICIO
- NUESTRA ENTIDAD
1. Misión - Visión - Objetivos
2. Principios y Valores
3. Marco Legal
4. Resoluciones del Fondo
5. Estructura Organizacional
6. Funciones
7. Directorio
- SEGURO DE DEPOSITOS
1. Conceptos Básicos
2. Aspectos Legales
3. Entidades Inscritas
4. Procedimientos / Inscripción Entidades Financieras
5. Procedimientos / Recaudos
6. Procedimientos / Reclamaciones
7. Procedimientos / Devolución de Primas
8. Procedimientos / Cálculo de Recaudos
- GARANTIAS AFP
1. Conceptos Básicos
2. Aspectos Legales
3. Proceso de Inscripción
4. Sistema de Pago y Recaudo
5. Entidades Inscritas
- ENTIDADES EN LIQUIDACION
1. Instrucciones para el Acreedor
2. Aspectos Legales
3. Modelo de Liquidación
4. Formato Entidades en Liquidación
5. Estado de Procesos
6. Recuperación de Activos
- SALA DE PRENSA
Comunicados
- NORMATIVIDAD
1. Resoluciones
2. Circulares
- APOYO A ENTIDADES
1. Conceptos Básicos / Estrategia General
2. Sector Público
3. Sector Privado
4. Aspectos Legales
5. Histórico de Operaciones
- INFORMACION FINANCIERA
1. Resultados Financieros / Estados Financieros
2. Resultados Financieros / Dictamen del Revisor Fiscal y Notas
3. Planeación / Plan Estratégico
4. Planeación / Presupuesto
5. Emisión de Títulos / Conceptos Básicos
6. Emisión de Títulos / Aspectos Legales
7. Emisión de Títulos / Títulos Emitidos
- INFORMACION DE INTERES
1. Aspectos Legales Alivios a Deudores Hipotecarios / Aspectos Legales
2. Cobertura Crédito de Vivienda / Conceptos Básicos
- CONTRATACION
1. Modalidades de Contratación
2. Planes de Compras
3. Contratos Realizados
4. Concurso de Méritos
5. Aspirantes
- LISTADO DE TRÁMITES
Pago de Acreencias Entidades Financieras en Liquidación
- ENCUESTA DE SATISFACCION
Opine...
- PREGUNTAS FRECUENTES
- DIRECTORIO
- BUEN GOBIERNO
- CONTRATACION EN LINEA
- CONTACTENOS
- PORTAL INFANTIL
FONDO DE GARANTIAS DE INSTITUCIONES FINANCIERAS
“FOGAFIN”
Presentado a:
JOHN JAIRO CARTAGENA
Presentado por:
LAURA OCAMPO
CATHERINE VILLEGAS
Sistema Financiero
Bogotá, Junio de 2009
OBJETIVOS
Por medio del presente nos destacamos teniendo el conocimiento satisfactorio de lo que es un fondo de garantías de instituciones financieras, como está conformado, cuáles son sus métodos, hablando de este con propiedad del tema, como:
- saber qué es?
- cuál es su misión?
- cuál es su visión?
- Como es su manera de operar? , entre otros.
Para así podernos desempeñar adecuadamente en el programa Técnico en Asesoría Comercial y Operaciones de Entidades Financieras.
CONTENIDO
1. Historia
2. Misión
3. Visión
4. Objetivo
5. Principios y valores
6. Marco legal
7. Organigrama
8. Resoluciones del fondo
9. Funciones
10. Directorio de entidades
11. Código de un buen gobierno
12. Auditoría interna
13. Control externo
14. Seguro de depósitos
15. Garantía AFP
16. Apoyo a entidades
17. Histórico de operaciones
18. Servicios de información
CONCLUSIONES
Un fondo de garantías para instituciones financieras como su nombre mismo lo dice es un apoyo al que recurre cualquier entidad financiera teniendo en cuenta su inversión y cuidado, su grado de experiencia, de seguridad y de confianza q muchas entidades le brindan, exaltando que actúa de instrumento para su fortalecimiento patrimonial.
Es un medio que al haber tenido algunas dificultades han sido corregidas de la mejor manera y en conjunto con la ley.
Fogafin hace lo mejor para poder participar de forma transitoria en el capital de las instituciones financieras.